La Cámara de los Consejeros estará compuesta por 200 consejeros elegidos en igual número de las nominaciones presentadas desde las veinte Regiones Electorales y Administrativas Mundiales, según se define en los Artículos 2.5. y 2.6., diez de cada Región.1
Las nominaciones para miembros de la Cámara de los Consejeros serán realizadas por los profesores y estudiantes de universidades y centros de educación superior, así como de academias e institutos científicos dentro de cada región electoral y administrativa mundial. Los nominados podrán ser personas ajenas al ámbito académico, de cualquier condición de vida, así como personas dentro de él.
Los nominados a la Cámara de los Consejeros de cada Región Electoral y Administrativa Mundial reducirán, mediante una votación entre ellos, el número de nominados a no menos de dos veces ni más de tres veces el número de los que han de ser elegidos.
Los nominados para ser miembros de la Cámara de los Consejeros deben tener al menos 25 años de edad y prestarán un juramento de servicio a la humanidad. No habrá requisito de residencia, y un nominado no necesita ser residente de la región por la cual es nominado o elegido.
Los miembros de la Cámara de los Consejeros de cada región serán elegidos por los miembros de las otras dos cámaras del Parlamento Mundial de la región en cuestión.
Los Consejeros serán elegidos para ejercer mandatos de diez años. La mitad de los miembros de la Cámara de los Consejeros será elegida cada cinco años. Los Consejeros podrán ejercer mandatos sucesivos sin límite. Cada Consejero tendrá un voto.
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- Lista de universidades, instituciones de educación superior y academias e institutos científicos nominadores
- Conviértase en una universidad, institución de educación superior, academia científica o instituto científico nominador
Referencias:
Última actualización de la página: 2026-07-11
